Mayo es un mes importante para la clase trabajadora, porque en este mes se recibe -o al menos se debería recibir- el reparto de utilidades, que no es “un bono”, sino más bien un derecho constitucional establecido en la ley.
El pago de utilidades está previsto en la Ley Federal del Trabajo, aplica a las y los trabajadores que hayan laborado por lo menos dos meses (60 días) en una empresa cuyas ganancias netas superaron los 300 mil pesos.
¿Hasta cuándo se pueden transferir?
Técnicamente, el pago de utilidades se entrega a los trabajadores luego de que la empresa presente su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Por ello, los patrones tienen del 1 de abril y hasta el 30 de mayo para pagar las utilidades, en caso de que los empleados presten sus servicios a una persona moral (empresa).
Para quienes trabajan para una persona física (no moral), el pago de las utilidades debe hacerse entre el 1 de mayo y el 29 de junio.
Las empresas están obligadas a repartir el 10% de sus ganancias del año fiscal anterior (2023) entre sus empleados.
¿Para quiénes no aplican las utilidades?
La misma Ley Federal del Trabajo advierte a quiénes no les toca el reparto de las utilidades. Estas son las personas y los cargos para quiénes no aplica:
- Directores, administradores y gerentes generales
- Trabajadores que hayan laborado menos de dos meses (60 días)
- Socios
- Accionistas
- Colaboradores por honorarios
- Trabajadores domésticos