Por Andrea Monserrath Ramos de la Torre
La justicia debe estar al alcance de todas y todos los niños, no solo de México sino del mundo entero. Para lograrlo, tenemos que reconocer que, por su edad, pueden surgir dificultades para comprender algunos términos legislativos. Por ello, las autoridades en la materia, han optado por generar sentencias de fácil lectura, con las que se pretende que el niño o niña conozca su caso, pero bajo una perspectiva que le permita saber la información en palabras que pueda entender. Esta propuesta se ha extendido además a las personas con capacidades diferentes.
Estos textos, a su vez, se constituyen en actas que de alguna manera han sido traducidas y redactadas en un lenguaje de lo más común y corriente, en términos que cualquier persona manejaría, emplearía y comprendería.
El sistema de información legislativa de la secretaría de información, con fecha el día 27 de octubre del 2020, dio a conocer lo siguiente:
“Las sentencias redactadas en formatos sencillos y comprensibles constituyen una protección y garantía al derecho de acceso a la justicia y el derecho a la información, especialmente cuando se trata de grupos vulnerables, como lo son las personas con discapacidad, y niñas, niños y adolescentes.”
Por ello, esta iniciativa busca adicionar que las sentencias sean dictadas en estos formatos sencillos y comprensibles para estos dos grupos vulnerables: las infancias y las personas discapacitadas.
En el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño, se consagra el derecho a involucrarse de manera apropiada en las decisiones que afectan a niños, niñas y adolescentes. Al respecto, establece que las familias y otras instituciones sociales deben escuchar y tomar en cuenta las opiniones de las y los niños, de acuerdo con su edad y madurez. En seguida, estipula que este grupo pueda ejercer debidamente este derecho, debe contar con información relevante, presentada de forma comprensible. En este sentido, el artículo 12 señala:
- Los Estados Parte garantizarán al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que afectan al niño, teniéndose debidamente en cuenta las opiniones del niño, en función de la edad y madurez del niño.
- Con tal fin, se dará en particular al niño oportunidad de ser escuchado, en todo procedimiento judicial o administrativo que lo afecte, ya sea directamente o por medio de un representante o de un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento de la ley nacional.
Las llamadas sentencias de fácil lectura, entonces, se convierten en un avance legislativo para proteger a nuestras infancias y respetar sus derechos. Cuando una niña o un niño se enfrenta a situaciones controvertidas o traumáticas cargan innegablemente cargan un peso oneroso, de ahí que tanto como sociedad y como estado seamos responsables de fomentar que los procesos burocráticos se vuelvan más fáciles para las infancias, en especial porque quizá no tendrían por qué vivir o someterse a esta clase de procesos. Asimismo, es importante que a pesar de su edad sean capaces de reconocer los derechos a los que tienen acceso para que así puedan hacerlos valer con nuestra presencia o sin ella.
Recordemos que las infancias son responsabilidad de todas y de todos. Como reza el proverbio: nuestro futuro está en mano de las niñas y niños del presente. Hagamos un mundo más digno para ellos y construyamos un mejor futuro.