En junio pasado, con la publicación oficial de la NOM-037 se hicieron realidad una serie de beneficios y derechos para las y los trabajadores que todavía siguen trabajando bajo el esquema de home office.
Entonces, si eres del grupo privilegiado de personas que trabajan de manera remota, debes saber que tienes algunos derechos y que tus patrones tendrán ahora ciertas obligaciones que deben cumplir para tu bienestar y para que puedas trabajar lo mejor posible desde casa.
Si bien ya se publicó oficialmente la nueva norma, cabe destacar que esta entrará en vigor a partir de diciembre de 2023.
Además, esta nueva ley aplicará para aquellas personas que realicen al menos 40% de la jornada laboral completa a distancia. Dicho esto, veamos las obligaciones que las y los patrones deben cumplir con sus trabajadores remotos.
- Herramientas para el desempeño del trabajo:
- Silla
- Una parte proporcional del pago del internet
- Una parte proporcional del pago de la luz
- Computadora
- Impresora en caso de ser necesario
- Cualquier otra herramienta necesaria para el trabajo (pantallas, escáner, etc.)
- Derecho a la desconexión: este nuevo derecho implica no participar en actividades laborales fuera de ella, como reuniones o uso de equipos de cómputo, durante vacaciones, permisos y licencias. Sí, despegarse del teléfono una vez finalizada y cumplida la jornada.
- Todos los otros derechos de un trabajador normal: hacer home office no será una distinción negativa, por lo que quienes trabajen a distancia tienen derecho a sus pagos de utilidades, vacaciones, días de descanso, aguinaldo y seguridad social.
- No se podrán utilizar mecanismos invasivos para verificar la disponibilidad o conexión de las personas trabajadoras.
- Para mujeres en lactancia los patrones deberán respetar y dar un tiempo para alimentar a sus hijos.