El Congreso movió esta semana dos dictámenes de propiedad intelectual que la oposición bautizó como “Ley Antimemes”. El efecto real no está en los memes: está en cómo las empresas usan marcas, imágenes y contenido de terceros. El 30 de septiembre el Senado aprobó, con 72 votos a favor y 34 en contra, reformas a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y al Código Penal Federal. El proyecto pasó a la Cámara de Diputados para continuar su proceso legislativo. Dos supuestos nuevos interesan al sector privado. El primero sanciona con hasta cinco años de prisión y multa de 1,000 a 10,000 UMA el uso comercial de identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales con intención de inducir al error; la pena original era de siete años y se redujo durante la discusión. El segundo castiga con cuatro a diez años de prisión la divulgación no autorizada de obras protegidas antes de su estreno: películas, música, videojuegos y libros. En paralelo, el 29 de septiembre la Comisión de Economía, Comercio y Competitividad de la Cámara de Diputados aprobó por 18 votos contra 6 el dictamen que modifica la Ley Federal del Derecho de Autor —artículo 114 Octies y nuevos 114 Nonies y 232 Septies—. Ahí está la pieza que cambia la operación digital: introduce responsabilidad secundaria para los proveedores de servicios de internet. Las plataformas quedarían obligadas a retirar contenido de forma expedita tras una reclamación, a implementar mecanismos de detección y a suspender o cancelar cuentas de infractores reincidentes. Las multas de ese dictamen van de 5,000 a 40,000 UMA por uso, reproducción o distribución de obras sin autorización. Con la UMA de 2026 en 117.31 pesos diarios, el rango equivale a entre 585 mil y 4.69 millones de pesos, de acuerdo con el cálculo publicado por Merca2.0. Las retransmisiones sin autorización se sancionan con 1,000 a 5,000 UMA. El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) aplicaría las sanciones. El riesgo se traslada a marcas y agencias. Una campaña que use una fotografía, una pista musical o un fragmento audiovisual sin licencia deja de ser un problema de reputación y pasa a ser exposición económica de siete cifras. Lo mismo aplica al uso de identidad gráfica de dependencias públicas en materiales promocionales, una práctica común en proveedores de gobierno y en comunicación de programas con participación oficial. La oposición objetó el alcance. El senador Manuel Añorve (PRI) afirmó que su bancada está contra la piratería, pero rechazó que bajo ese argumento se incorporen medidas que puedan afectar la libertad de expresión. La senadora Lizeth Sánchez (PVEM) sostuvo que la reforma busca sancionar el engaño y las conductas vinculadas con la falsificación y la explotación comercial. Ninguno de los dos dictámenes es ley todavía: falta el Pleno de la Cámara de Diputados y la publicación en el Diario Oficial de la Federación. La ventana para auditar licencias, contratos con agencias, bancos de imágenes y catálogos musicales está abierta ahora, antes de que el régimen de multas entre en vigor.


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