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SAT podrá acceder en tiempo real a datos de plataformas digitales desde 2026

October 30, 2025

Por Blackstone

October 30, 2025

Morena y aliados usaron su mayoría en la Cámara de Diputados para que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tenga acceso en línea y en tiempo real a bases de datos “de contribuyentes de servicios de plataformas digitales” a partir del próximo 1 de abril de 2026.

 

Con 348 votos a favor y 130 en contra, el pleno avaló el dictamen que también contempla penas de hasta nueve años de prisión para quienes emitan o utilicen comprobantes fiscales falsos.

 

El nuevo artículo 30-B establece que los prestadores de servicios digitales deberán permitir a las autoridades fiscales el acceso permanente a los datos que permitan comprobar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. El SAT determinará los términos específicos mediante reglas de carácter general, y en caso de incumplimiento, podrá ordenar el bloqueo temporal del acceso al servicio digital.

 

Durante la discusión, el presidente de la Comisión de Hacienda, Carol Antonio Altamirano (Morena), argumentó que el objetivo de la reforma es “fortalecer la fiscalización y asegurar que las plataformas digitales cumplan con sus obligaciones fiscales”. Aseguró que la información a la que accederá el SAT estará limitada a la necesaria para verificar el cumplimiento tributario y que se respetarán la privacidad y la protección de datos personales.

 

Sin embargo, la oposición advirtió que la medida abre la puerta a una posible violación de derechos humanos y de privacidad digital. La diputada Verónica Pérez (PAN) sostuvo que la reforma “permite al SAT tener acceso permanente a toda la información de las plataformas digitales, incluidas compras, suscripciones y transacciones”, lo que calificó como una intromisión indebida. “El SAT se volvió policía”, afirmó en tribuna.

 

Por su parte, Verónica Martínez (PRI) acusó al gobierno federal de recurrir a medidas de vigilancia para aumentar la recaudación. “En su desesperación por obtener recursos, van a vulnerar derechos fundamentales. Esta disposición es inconstitucional porque permite acceder a información privada sin orden judicial”, señaló.

 

La legisladora también advirtió que la norma genera incertidumbre jurídica y podría afectar a pequeños negocios que dependen de las plataformas digitales. “Forzarlas a abrir sus sistemas podría incluso llevarlas al mercado negro”, comentó.

 

Otros legisladores de oposición, como Marcelo Torres Cofiño y Hernando Castañeda Córdova (PAN), consideraron que la medida convierte al SAT en una especie de “gran hermano fiscal”. Torres Cofiño afirmó que el gobierno pretende “controlar todo lo que hacen los ciudadanos en Internet”, mientras que Castañeda ironizó que el SAT “quiere saber hasta lo que piensas”.

 

Durante el debate, la morenista Freyda Marybel Villegas Canché propuso una reserva para otorgar a las plataformas digitales un periodo de adaptación a los nuevos requerimientos. La modificación fue aceptada, y por ello la entrada en vigor del artículo se fijó para 2026.

 

Además del nuevo acceso del SAT a la información digital, el pleno aprobó cambios al artículo 113 Bis, que establece sanciones penales de dos a nueve años de prisión a quienes, por sí o a través de terceros, emitan, adquieran o den efectos fiscales a comprobantes falsos.

 

La oposición argumentó que esta redacción podría castigar incluso a contribuyentes que actúen de buena fe. “Si compras un producto legal y meses después el SAT determina que el proveedor era un facturero, podrías ser investigado como delincuente fiscal”, advirtió Torres Cofiño.

 

En contraste, los legisladores de Morena y aliados defendieron que las reformas buscan combatir la evasión fiscal y fortalecer la recaudación ante el crecimiento del comercio digital. Afirmaron que el acceso en tiempo real a la información de las plataformas no implica espionaje, sino una herramienta para verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

 

Organizaciones civiles también manifestaron preocupación. La asociación Artículo 19 señaló que el acceso continuo y en tiempo real a la información de los usuarios constituye “una interferencia desproporcionada en el derecho a la privacidad”, aun si se justifica con fines fiscales. “El acceso sin control judicial y sin pruebas previas de incumplimiento representa una invasión permanente a la información de los ciudadanos”, advirtió la organización.

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